La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas
que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción,
dice en su exposición de motivos que la colaboración ciudadana resulta
indispensable para la eficacia del Derecho, y que tal colaboración
no sólo se manifiesta en el correcto cumplimiento personal de las
obligaciones que a cada uno corresponden, manifestación de la sujeción
de todos los poderes públicos y de la ciudadanía a la Constitución Española
y al resto del ordenamiento jurídico, sino que también se extiende al
compromiso colectivo con el buen funcionamiento de las instituciones
públicas y privadas.
La Ley obliga a, entre otras, las entidades locales, sus organismos
autónomos y empresas públicas dependientes de ellas, a implantar un
Sistema de Información que canalice, de modo preferente, para que las
personas, bien de forma anónima si así lo desea el informante, bien,
en todo caso con respeto a la confidencialidad de su identidad, informen
de las conductas que, en un contexto laboral o profesional detecten
infracciones penales o administrativas graves o muy graves en dichas
entidades y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.
En cumplimiento de la misma, la Sociedad Cooperativa Andaluza (SUCA, S.C.A)
implanta el Sistema Interno de Información que abarca tanto
el canal, entendido como buzón o cauce para recepción de la información,
como el Responsable del Sistema y el procedimiento.